El Visitador General puede solicitar en cualquier momento medidas precautorias o cautelares a autoridades competentes para evitar violaciones irreparables o daños de dificil reparacion.
El Visitador General tendrá la facultad de solicitar en cualquier momento a las autoridades competentes, que se tomen todas las medidas precautorias o cautelares necesarias para evitar la consumación irreparable de las violaciones denunciadas o reclamadas, o la producción de daños de difícil reparación a los afectados, así como solicitar su modificación cuando cambien las situaciones que las justificaron.
LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Últimas Reformas DOF 01-04-2024 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Dichas medidas pueden ser de conservación o restitutorias, según lo requiera la naturaleza del asunto.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Facultad de accion inmediata sin esperar conclusion de investigacion. Las medidas pueden ser conservatorias o restitutorias. Critico: cualquier momento significa que autoridades deben estar listas para actuar rapidamente. Relevante para asuntos de detenciones arbitrarias o amenazas inminentes.
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