LCNE

Artículo 4. Interpretacion administrativa de la ley

Corresponde a la Secretaria de Energia la interpretacion administrativa de la ley y las disposiciones normativas o actos administrativos que deriven de esta.

secretaria de energiainterpretacionactos administrativos

Texto Legal

Para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría de Energía la interpretación de esta Ley y las disposiciones normativas o actos administrativos que deriven de ésta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion establece jerarquia interpretativa. Si existe duda sobre disposiciones de la ley, la Secretaria de Energia tiene autoridad para interpretar, lo que puede ser relevante en procedimientos de impugnacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LCNE?

Corresponde a la Secretaria de Energia la interpretacion administrativa de la ley y las disposiciones normativas o actos administrativos que deriven de esta.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de la Comisión Nacional de Energía?

Esta disposicion establece jerarquia interpretativa. Si existe duda sobre disposiciones de la ley, la Secretaria de Energia tiene autoridad para interpretar, lo que puede ser relevante en procedimientos de impugnacion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 4 del LCNE?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 4 LCNE desde tu celular