LISF

Artículo 98. Recepción de documentos por agentes

Los agentes de seguros y fianzas no deben recibir documentos que establezcan obligaciones sin la firma de un representante autorizado. Esto asegura la validez de los contratos.

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Texto Legal

Los agentes de seguros y de fianzas deberán abstenerse de recibir de las Instituciones de Seguros autorizadas para operar el ramo de caución, de las Instituciones de Fianzas o de interpósitas personas, pólizas, contratos o certificados que establezcan obligaciones para esas instituciones sin requisitar, firmados previamente por funcionario, representante legal o persona

LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

autorizada para tal efecto, infringiendo lo dispuesto por los artículos 294, fracción XVIII, y 295, fracción XVII, de esta Ley.

Para los efectos previstos en la presente Ley, se entenderá que la póliza, contrato o certificado se encuentra sin requisitar cuando carezca, según sea el caso, de los datos relacionados con el contratante del seguro, asegurado, fiado, beneficiario, obligado solidario, suma asegurada o monto de la fianza.

Los seguros de caución y las fianzas para garantizar la libertad caucional de las personas podrán otorgarse mediante pólizas, contratos o certificados que establezcan obligaciones para la Institución de Seguros o la Institución de Fianzas sin requisitar, firmados previamente por funcionario, representante legal o persona autorizada por la Institución de que se trate, debiendo llevar ésta un registro específico de su numeración y de los agentes de seguros y de fianzas que las reciban.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental que los agentes verifiquen la correcta requisición de documentos para evitar problemas legales futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 98 del LISF?

Los agentes de seguros y fianzas no deben recibir documentos que establezcan obligaciones sin la firma de un representante autorizado. Esto asegura la validez de los contratos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 98 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Es fundamental que los agentes verifiquen la correcta requisición de documentos para evitar problemas legales futuros.

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