LISF

Artículo 401. Obligaciones del liquidador administrativo

Establece las obligaciones principales del liquidador designado durante la liquidacion administrativa, incluyendo cobro de deudas, enajenacion de activos, cesion de carteras de seguros y pago de pasivos. Requiere balance inicial dictaminado por tercero especializado.

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Texto Legal

A partir de la fecha en que una Institución o Sociedad Mutualista entre en estado de liquidación administrativa, el liquidador designado tendrá las obligaciones siguientes:

I. Cobrar lo que se deba a la sociedad;

II. Enajenar los activos de la sociedad;

III. Efectuar las diligencias para:

a) Ceder las carteras de contratos de seguro, reaseguro o reafianzamiento de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista y pagar los pasivos derivados de esos contratos, o LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

b) Auxiliar a los beneficiarios de fianzas en la procura de la sustitución de sus garantías o en la gestión de su cesión a otra Institución, y pagar los pasivos derivados de esos contratos;

IV. Pagar los demás pasivos a cargo de la sociedad;

V. En su caso, liquidar a los accionistas o mutualizados su haber social, y

VI. Realizar los demás actos tendientes a la conclusión de la liquidación.

Lo anterior, conforme a las operaciones de liquidación y el orden de pago previstos en el presente Capítulo.

El liquidador deberá realizar el balance inicial de la liquidación a fin de que el valor de los activos de la Institución o Sociedad Mutualista se determine conforme a las normas de registro contable aplicables. Dicho balance deberá ser dictaminado por un tercero especializado de reconocida experiencia que el liquidador contrate para tal efecto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para entender el proceso de liquidacion. El requisito de balance inicial dictaminado por tercero especializado es critico para validar el proceso ante autoridades y acreedores. Recomendamos documentar meticulosamente esta etapa inicial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 401 del LISF?

Establece las obligaciones principales del liquidador designado durante la liquidacion administrativa, incluyendo cobro de deudas, enajenacion de activos, cesion de carteras de seguros y pago de pasivos. Requiere balance inicial dictaminado por tercero especializado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 401 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Este articulo es fundamental para entender el proceso de liquidacion. El requisito de balance inicial dictaminado por tercero especializado es critico para validar el proceso ante autoridades y acreedores. Recomendamos documentar meticulosamente esta etapa inicial.

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