LISF

Artículo 39. Autorizacion para reaseguro y reafianzamiento

Las instituciones autorizadas exclusivamente para reaseguro y reafianzamiento pueden operar en categorias de personas, bienes, responsabilidades y fianzas segun su autorizacion especifica.

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Texto Legal

Las autorizaciones que en términos del artículo 25 de esta Ley se otorguen a las Instituciones de Seguros autorizadas para practicar exclusivamente el reaseguro y, en su caso, el reafianzamiento, se referirán a lo siguiente:

I. Personas;

II. Bienes;

III. Responsabilidades, y

IV. Fianzas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La autorizacion establece limites claros por categoria operativa. Una reaseguradora puede estar limitada a personas o bienes pero no ambos segun su acto constitutivo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 39 del LISF?

Las instituciones autorizadas exclusivamente para reaseguro y reafianzamiento pueden operar en categorias de personas, bienes, responsabilidades y fianzas segun su autorizacion especifica.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 39 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

La autorizacion establece limites claros por categoria operativa. Una reaseguradora puede estar limitada a personas o bienes pero no ambos segun su acto constitutivo.

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