LISF

Artículo 357. Activos para prestacion servicios mutualista

Remite al articulo 266 respecto a activos destinados exclusivamente a prestacion de servicios para cumplimiento de obligaciones de polizas de seguros en mutualistas.

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Texto Legal

En materia de activos destinados exclusivamente a la prestación de servicios cuyo fin sea el cumplimiento de las obligaciones derivadas de sus pólizas de seguros, las Sociedades Mutualistas deberán ajustarse a lo previsto en el artículo 266 de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo procedimental que requiere revision de articulo 266. Los activos aqui mencionados tienen restricciones de uso y no pueden ser desviados a otros propositos; auditar anualmente su estado y destinacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 357 del LISF?

Remite al articulo 266 respecto a activos destinados exclusivamente a prestacion de servicios para cumplimiento de obligaciones de polizas de seguros en mutualistas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 357 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Articulo procedimental que requiere revision de articulo 266. Los activos aqui mencionados tienen restricciones de uso y no pueden ser desviados a otros propositos; auditar anualmente su estado y destinacion.

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