LISF

Artículo 305. Responsabilidad de administradores y auditores

Administradores, comisarios y auditores externos son responsables de la autenticidad y revelación razonable de la situación financiera en estados contables, sujetos a sanciones por incumplimiento.

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Texto Legal

Tanto la presentación como la publicación de los estados financieros de las Instituciones y Sociedades Mutualistas, será bajo la estricta responsabilidad de los administradores, comisarios y auditores externos independientes de la Institución o Sociedad Mutualista que hayan sancionado y dictaminado la autenticidad de los datos contenidos en dichos estados contables, y quedarán sujetos a las sanciones correspondientes en el caso de que la presentación o publicación de los mismos no se ajuste a esa situación.

Los comisarios y auditores externos independientes deberán cuidar de que los estados financieros revelen razonablemente la situación financiera y contable de la sociedad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Establece responsabilidad solidaria y potencial de sanciones significativas. Los auditores independientes deben documentar adecuadamente su trabajo de validación; el incumplimiento puede resultar en suspensión o cancelación del registro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 305 del LISF?

Administradores, comisarios y auditores externos son responsables de la autenticidad y revelación razonable de la situación financiera en estados contables, sujetos a sanciones por incumplimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 305 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Establece responsabilidad solidaria y potencial de sanciones significativas. Los auditores independientes deben documentar adecuadamente su trabajo de validación; el incumplimiento puede resultar en suspensión o cancelación del registro.

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