LISF

Artículo 227. Demostracion Adecuacion Reservas Tecnicas

Obliga a instituciones demostrar a la Comision la adecuacion y suficiencia de reservas, asi como la aplicabilidad de metodos actuariales e idoneidad de datos estadisticos empleados.

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Texto Legal

Las Instituciones deberán demostrar a la Comisión, en la forma y términos que la misma establezca mediante disposiciones de carácter general, la adecuación y suficiencia de sus reservas técnicas, así como la aplicabilidad y pertinencia de los métodos actuariales y la idoneidad de los datos estadísticos empleados en la constitución y valuación de las mismas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta demostracion requiere archivo administrativo ordenado con metodologia documentada. La Comision puede desafiar supuestos estadisticos o metodologicos, exigiendo revisiones que impacten resultados operativos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 227 del LISF?

Obliga a instituciones demostrar a la Comision la adecuacion y suficiencia de reservas, asi como la aplicabilidad de metodos actuariales e idoneidad de datos estadisticos empleados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 227 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas?

Esta demostracion requiere archivo administrativo ordenado con metodologia documentada. La Comision puede desafiar supuestos estadisticos o metodologicos, exigiendo revisiones que impacten resultados operativos.

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