Exige que valuaciones sean elaboradas y firmadas por actuario con cedula profesional y certificacion vigente del colegio profesional o acreditacion ante la Comision de conocimientos requeridos.
La valuación de las reservas técnicas de las Instituciones deberá ser elaborada y firmada por un actuario con cédula profesional, que además cuente con la certificación vigente emitida para ese propósito por el colegio profesional de la especialidad o que acredite ante la Comisión que tiene los conocimientos requeridos para tal efecto en la forma y términos que la misma determine mediante disposiciones de carácter general.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La responsabilidad personal del actuario crea incentivos para calidad, pero requiere que instituciones recluten y retengan talento actuarial certificado. El costo de esta expertise debe presupuestarse adecuadamente.
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Art. 225. Valuacion Reservas segun Estandares Actuariales
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Art. 227. Demostracion Adecuacion Reservas Tecnicas
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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