Operaciones de seguros celebradas en territorio nacional se sujetan a leyes mexicanas independientemente de donde se contraten.
Se considerarán operaciones de seguros sujetas a las disposiciones de las leyes mexicanas, las que se celebren en el territorio nacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo que establece competencia territorial. Relevante para empresas con operaciones transfronterizas. Cualquier seguro escriturado en Mexico aplica regulacion mexicana.
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Art. 18. Prohibiciones en calificacion de solvencia
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