Contratos de seguro de caucion y fianzas son admisibles como garantia ante Administracion Publica Federal y autoridades locales en todos los casos permitidos por ley.
Los contratos de seguro de caución y de fianza serán admisibles como garantía ante las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y ante las autoridades locales, en todos los supuestos que la legislación exija o permita constituir garantías ante aquéllas. En el caso del seguro de caución, tendrá la condición de contratante del seguro quien deba otorgar la garantía y la de asegurado la dependencia o entidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Expande mercado de seguros de caucion como alternativa a depositos en efectivo. Util para gobiernos locales que buscan eficiencia. Verifica modelos aprobados por Secretaria para cada tramite especifico.
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