Instituciones, agentes de seguros, agentes de fianzas y personas morales distribuidoras deben publicar informacion sobre su operacion segun especificaciones de la CNBV.
Las Instituciones, los agentes de seguros, los agentes de fianzas y las personas morales a que se refiere el artículo 102 de este ordenamiento, deberán dar a conocer al público información sobre su operación, en la forma y términos que determine la Comisión mediante disposiciones de carácter general.
CAPÍTULO TERCERO DE LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO, DE LAS REASEGURADORAS EXTRANJERAS Y SUS OFICINAS DE REPRESENTACIÓN
SECCIÓN I DE LOS INTERMEDIARIOS DE REASEGURO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Requisito general de transparencia con formatos y terminos especificados por disposiciones generales de la CNBV. Requiere revision periodica de las disposiciones para asegurar cumplimiento actualizado.
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Art. 104. Responsabilidad institucional por intermediarios
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Art. 106. Intermediarios de reaseguro y autorizacion
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