LIH

Artículo 54. Obligados al pago del impuesto exploratorio

Contratistas y asignatarios estan obligados al pago del impuesto por actividad de exploracion y extraccion de hidrocarburos respecto de sus areas contractuales o areas de asignacion.

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Texto Legal

Están obligados al pago del impuesto por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos, los Contratistas y Asignatarios por el Área Contractual y Área de Asignación, respectivamente, definida en el Contrato o Asignación que corresponda. LEY DE INGRESOS SOBRE HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 18-03-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Obligacion fundamental de los sujetos que realizan actividades petroleras. Requiere calculo mensual y entero al fondo. Base imponible se determina por area y se declara por contribuyente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 del LIH?

Contratistas y asignatarios estan obligados al pago del impuesto por actividad de exploracion y extraccion de hidrocarburos respecto de sus areas contractuales o areas de asignacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 de la LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos?

Obligacion fundamental de los sujetos que realizan actividades petroleras. Requiere calculo mensual y entero al fondo. Base imponible se determina por area y se declara por contribuyente.

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