Los Contratistas deben entregar toda la Producción Contractual al Estado, y las Contraprestaciones serán en efectivo. Este artículo establece las bases para la compensación de los contratistas.
En los Contratos de servicios de Exploración y Extracción de Hidrocarburos, los Contratistas entregarán la totalidad de la Producción Contractual al Estado y las Contraprestaciones a favor del Contratista serán siempre en efectivo y se establecerán en cada Contrato considerando los estándares o usos de la industria.
Lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la presente Ley no será aplicable a los Contratos de servicios.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los contadores deben asegurarse de que la producción se contabilice correctamente para evitar discrepancias en las contraprestaciones. La claridad en la entrega de producción es esencial para la transparencia fiscal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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