La Secretaria reconoce unilateral o reciprocamente reglamentos tecnicos extranjeros o resultados de evaluacion de conformidad internacionales, contemplando mismo grado de conformidad, normas internacionales de prueba y previa opinion de Autoridad Normalizadora.
Los acuerdos de equivalencia son las resoluciones por las cuales la Secretaría, por sí o a solicitud de una parte interesada, reconoce o acepta unilateral o recíprocamente los reglamentos técnicos extranjeros, o los resultados de la Evaluación de la Conformidad que lleven a cabo las entidades internacionales o extranjeras.
Las resoluciones deberán contemplar cuando menos, el mismo grado de conformidad para lograr los objetivos legítimos perseguidos, así como las normas internacionales de pruebas, inspección, certificación y acreditación, previa opinión favorable, en su caso, de la Autoridad Normalizadora competente.
En el caso de las medidas sanitarias y fitosanitarias, la equivalencia será reconocida por las Autoridades Normalizadoras competentes, contemplando cuando menos el mismo grado de conformidad para lograr los objetivos legítimos perseguidos por las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este mecanismo es esencial para importadores. Las equivalencias reconocidas permiten aceptar certificaciones extranjeras. Importadores deben verificar si existe equivalencia reconocida para su sector antes de realizar evaluaciones dobles.
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