LICal_010720

Artículo 72. Publicacion acuerdos reconocimiento equivalencia

Los acuerdos de reconocimiento mutuo y equivalencia requieren aprobacion previa de la Secretaria, publicacion en Plataforma Tecnologica de Infraestructura de Calidad y extracto en Diario Oficial de la Federacion.

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Texto Legal

La celebración, modificación y terminación de los acuerdos, arreglos de reconocimiento mutuo y acuerdos de equivalencia estarán sujetas a lo previsto en el Reglamento de esta Ley. Los acuerdos y arreglos de reconocimiento mutuo deberán ser aprobados previamente por la Secretaría. En el caso de los arreglos de reconocimiento mutuo, la Secretaría solicitará previo a su aprobación, la opinión de la Autoridad Normalizadora correspondiente.

Los proyectos de acuerdos de reconocimiento mutuo, acuerdos de equivalencia y arreglos de reconocimiento mutuo, se pondrán a disposición de cualquier interesado para consulta pública en la Plataforma Tecnológica de Infraestructura de la Calidad, y una vez suscritos, serán publicados íntegramente en la misma Plataforma, y un extracto de los mismos en el Diario Oficial de la Federación.

LIBRO SEGUNDO DEL SISTEMA DE CALIDAD E INNOVACIÓN

LEY DE INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Nueva Ley DOF 01-07-2020 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

TÍTULO PRIMERO DE LAS REGLAS

Capítulo I Disposiciones Generales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La publicidad de estos acuerdos en la Plataforma es obligatoria y facilita acceso a informacion. Las empresas deben consultar regularmente esta Plataforma para conocer nuevos acuerdos que afecten sus operaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del LICal_010720?

Los acuerdos de reconocimiento mutuo y equivalencia requieren aprobacion previa de la Secretaria, publicacion en Plataforma Tecnologica de Infraestructura de Calidad y extracto en Diario Oficial de la Federacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 72 de la LEY de Infraestructura de la Calidad?

La publicidad de estos acuerdos en la Plataforma es obligatoria y facilita acceso a informacion. Las empresas deben consultar regularmente esta Plataforma para conocer nuevos acuerdos que afecten sus operaciones.

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