El uso inadecuado de instrumentos de medicion en perjuicio de cualquier persona sera sancionado conforme a la legislacion respectiva aplicable.
El uso inadecuado de instrumentos para medir en perjuicio de persona alguna será sancionado conforme a la legislación respectiva.
TÍTULO QUINTO DE LOS RECURSOS
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Aunque breve, este articulo remite a legislacion penal y civil complementaria. El uso fraudulento de medidores puede constituir delito mercantil o estafa, por lo que las implicaciones van mas alla del ambito administrativo regulatorio.
Anterior
Art. 161. Revocacion de autorizaciones y acreditaciones
Siguiente
Art. 163. Recurso de reclamacion ante entidades
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo