Si el infractor cuenta con documento de Organismo de Evaluacion de la Conformidad que respalde su actuacion, se impone multa equivalente al organismo si hay negligencia, dolo o mala fe.
Cuando se determine la comisión de una infracción y el infractor cuente con un documento expedido por un Organismo de Evaluación de la Conformidad que respalde la actuación del infractor, se le impondrá a ese Organismo de Evaluación de la Conformidad, una multa equivalente a la del infractor, siempre que haya existido negligencia, dolo o mala fe en dicha expedición, sin perjuicio de las demás sanciones que correspondan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Crea responsabilidad compartida: si su evaluador fue negligente, ambos pagan. Esto incentiva litigios entre infractor y evaluador. Asegure que evaluadores tengan seguros de responsabilidad civil adecuados e implemente auditorias de su trabajo.
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