LICal_010720

Artículo 158. Multiples Infracciones en Una Acta

Cuando un acta contenga diversas infracciones, se determinan multas separadamente por cada una. Si el infractor no intervino, se le da vista de diez dias para desvirtuar antes de imponer sancion.

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Texto Legal

Cuando en una misma acta se hagan constar diversas infracciones, las multas se determinarán separadamente y, por la suma resultante de todas ellas, se expedirá la resolución respectiva.

También cuando en una misma acta se comprendan dos o más infracciones, a cada uno de ellos se impondrá la sanción que proceda. Si el infractor no intervino en la diligencia se le dará vista del acta por el término de diez días, transcurrido el cual, si no desvirtúa la infracción, se le impondrá la sanción correspondiente.

Cuando el motivo de una infracción sea el uso de varios instrumentos para medir, la multa se computará en relación con cada uno de ellos y si hay varias prevenciones infringidas también se determinarán por separado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las multas se suman, no promedian. Un acta con tres infracciones puede ser significativamente mas costosa. Maneje agresivamente la vista de diez dias: requiera ampliaciones si documentacion es compleja y presente defensas exhaustivas para cada punto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 158 del LICal_010720?

Cuando un acta contenga diversas infracciones, se determinan multas separadamente por cada una. Si el infractor no intervino, se le da vista de diez dias para desvirtuar antes de imponer sancion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 158 de la LEY de Infraestructura de la Calidad?

Las multas se suman, no promedian. Un acta con tres infracciones puede ser significativamente mas costosa. Maneje agresivamente la vista de diez dias: requiera ampliaciones si documentacion es compleja y presente defensas exhaustivas para cada punto.

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