LICal_010720

Artículo 149. Comercializacion Bajo Responsabilidad del Sujeto

Mientras se resuelve el acto de Verificacion, puede continuarse comercializando bajo responsabilidad del sujeto, aunque la autoridad puede ordenar suspension cautelar si existe riesgo a objetivos publicos.

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Texto Legal

En tanto la autoridad competente dicte la resolución del acto de Verificación los sujetos a quienes se realicen, podrán continuar comercializando los bienes, realizando los procesos o prestando los servicios bajo su estricta responsabilidad. En los casos en que exista razón fundada para suponer que la continuación de esos actos afectará los objetivos legítimos de interés público tutelados por la Norma Oficial Mexicana, la autoridad competente podrá ordenar la suspensión cautelar de esos actos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Ofrece cierta continuidad comercial pero con responsabilidad potencial. La 'razon fundada' de riesgo es subjetiva. Obtenga inmediatamente la suspension cautelar por escrito para conocer el riesgo especifico que la autoridad identifica.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 149 del LICal_010720?

Mientras se resuelve el acto de Verificacion, puede continuarse comercializando bajo responsabilidad del sujeto, aunque la autoridad puede ordenar suspension cautelar si existe riesgo a objetivos publicos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 149 de la LEY de Infraestructura de la Calidad?

Ofrece cierta continuidad comercial pero con responsabilidad potencial. La 'razon fundada' de riesgo es subjetiva. Obtenga inmediatamente la suspension cautelar por escrito para conocer el riesgo especifico que la autoridad identifica.

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