Mientras se resuelve el acto de Verificacion, puede continuarse comercializando bajo responsabilidad del sujeto, aunque la autoridad puede ordenar suspension cautelar si existe riesgo a objetivos publicos.
En tanto la autoridad competente dicte la resolución del acto de Verificación los sujetos a quienes se realicen, podrán continuar comercializando los bienes, realizando los procesos o prestando los servicios bajo su estricta responsabilidad. En los casos en que exista razón fundada para suponer que la continuación de esos actos afectará los objetivos legítimos de interés público tutelados por la Norma Oficial Mexicana, la autoridad competente podrá ordenar la suspensión cautelar de esos actos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Ofrece cierta continuidad comercial pero con responsabilidad potencial. La 'razon fundada' de riesgo es subjetiva. Obtenga inmediatamente la suspension cautelar por escrito para conocer el riesgo especifico que la autoridad identifica.
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