LICal_010720

Artículo 148. Correccion de Informacion en Etiquetas

Las autoridades pueden ordenar correccion de datos inexactos en etiquetas, envases, empaques o publicidad de productos, concediendo termino necesario sin perjuicio de sanciones.

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Texto Legal

Cuando sean inexactos los datos o información contenidos en las etiquetas, envases o empaques de los productos, cualesquiera que éstos sean, así como la publicidad que de ellos se haga, las autoridades competentes de forma coordinada con la Secretaría podrán ordenar su modificación, concediendo el término estrictamente necesario para ello, sin perjuicio de imponer la sanción que proceda.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Medida menos severa pero que puede affectar inventarios. Negocie el plazo agresivamente argumentando logistica e impacto comercial. Documente la complejidad tecnica de cualquier cambio para justificar extensiones de termino.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 148 del LICal_010720?

Las autoridades pueden ordenar correccion de datos inexactos en etiquetas, envases, empaques o publicidad de productos, concediendo termino necesario sin perjuicio de sanciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 148 de la LEY de Infraestructura de la Calidad?

Medida menos severa pero que puede affectar inventarios. Negocie el plazo agresivamente argumentando logistica e impacto comercial. Documente la complejidad tecnica de cualquier cambio para justificar extensiones de termino.

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