Cuando recursos geotermicos se extienden a multiples concesiones con diferentes titulares, pueden acordarse actividades conjuntas de explotacion previa autorizacion de la Secretaria.
Cuando los Recursos Geotérmicos incluidos en las Áreas Geotérmicas correspondientes a una Concesión se extiendan a otras Áreas Geotérmicas también objeto de Concesión cuya persona titular sea distinta, se puede acordar entre las partes el desarrollo de actividades de Explotación de Recursos Geotérmicos conjuntas, previa autorización de la Secretaría y bajo los criterios mínimos que esta defina.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este mecanismo es importante para yacimientos transfronterizos entre concesiones. Requiere acuerdo entre partes y aprobacion. Permite optimizar recursos pero introduce riesgo de litigio si no se formaliza correctamente.
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Art. 49. Requisitos en Reglamento para Permisos y Avisos
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