Las caracteristicas y lineamientos para operacion de Aprovechamientos Exentos se definiran en el Reglamento de la Ley, con fin de promover uso para desarrollo social.
Las características y lineamientos para la operación de los Aprovechamientos Geotérmicos Exentos, con el fin de promover su uso para el desarrollo social, se deben definir por la Secretaría en el Reglamento de la presente Ley y en la regulación que para tal efecto emita.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo remite a futuro reglamento. Es importante estar atento a publicacion de disposiciones reglamentarias pues definiran criterios operativos. El enfasis en desarrollo social sugiere prioridad para municipios y comunidades locales.
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Art. 47. Requisitos del Aviso Previo Aprovechamientos Exentos
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