La Concesion confiere el derecho de uso, aprovechamiento y explotacion de un Area Geotérmica y su Yacimiento Geotérmico. Este derecho es inherente a la Concesion y se extingue con ella.
Las Concesiones otorgan a su persona titular, el derecho de uso, aprovechamiento y explotación de un Área Geotérmica y el Yacimiento Geotérmico localizado en el área objeto de la Concesión. Este derecho de aprovechamiento es inherente a la Concesión geotérmica y se extingue con ésta.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece el alcance fundamental del derecho concedido. Los contadores deben registrar estos derechos como activos intangibles de larga duracion y los abogados deben considerar que la Concesion no confiere derechos reales sobre la propiedad, solo derechos temporales de explotacion.
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Art. 20. Concesiones de Explotación
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