LFI

Artículo 64. Autorización para Filiales

Para operar como Filial, se requiere autorización del Gobierno Federal, que es otorgada por la Comisión. Esta autorización es intransmisible.

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Texto Legal

Para organizarse y funcionar como Filial se requiere autorización del Gobierno Federal, que compete otorgar a la Comisión. Por su naturaleza estas autorizaciones serán intransmisibles.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las sociedades que deseen establecer Filiales deben preparar toda la documentación necesaria para la autorización. Un proceso bien organizado puede facilitar la obtención de la misma.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 64 del LFI?

Para operar como Filial, se requiere autorización del Gobierno Federal, que es otorgada por la Comisión. Esta autorización es intransmisible.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 64 de la LEY de Fondos de Inversión?

Las sociedades que deseen establecer Filiales deben preparar toda la documentación necesaria para la autorización. Un proceso bien organizado puede facilitar la obtención de la misma.

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