LFI

Artículo 49. Proveeduría de precios

El servicio de proveeduría de precios es realizado por proveedores autorizados conforme a la Ley del Mercado de Valores. Esto garantiza la integridad de los precios utilizados en la valuación.

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Texto Legal

El servicio de proveeduría de precios se realizará por proveedores de precios autorizados conforme a la Ley del Mercado de Valores. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante que los fondos verifiquen la autorización de sus proveedores de precios para asegurar la validez de las valuaciones. Se recomienda mantener una relación cercana con estos proveedores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 49 del LFI?

El servicio de proveeduría de precios es realizado por proveedores autorizados conforme a la Ley del Mercado de Valores. Esto garantiza la integridad de los precios utilizados en la valuación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 49 de la LEY de Fondos de Inversión?

Es importante que los fondos verifiquen la autorización de sus proveedores de precios para asegurar la validez de las valuaciones. Se recomienda mantener una relación cercana con estos proveedores.

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