LFI

Artículo 46. Asignación de utilidades en fondos abiertos

En fondos de inversión abiertos, la asignación de utilidades se determina según la valuación de acciones sin necesidad de asamblea. Esto simplifica el proceso para los accionistas.

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Texto Legal

En los fondos de inversión abiertos, la asignación de utilidades o pérdidas netas entre los accionistas, será determinada con la misma periodicidad con que se valúen sus acciones sin necesidad de celebrar asamblea de accionistas, mediante la determinación del precio que por acción les dé a conocer la sociedad valuadora que al efecto les preste servicios. Artículo reformado DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La asignación automática de utilidades puede mejorar la satisfacción de los inversionistas. Es recomendable que los fondos mantengan una comunicación clara sobre cómo se determina esta asignación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 46 del LFI?

En fondos de inversión abiertos, la asignación de utilidades se determina según la valuación de acciones sin necesidad de asamblea. Esto simplifica el proceso para los accionistas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 46 de la LEY de Fondos de Inversión?

La asignación automática de utilidades puede mejorar la satisfacción de los inversionistas. Es recomendable que los fondos mantengan una comunicación clara sobre cómo se determina esta asignación.

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