Las indemnizaciones se expresan en unidades de inversion desde la fecha de aprobacion del apoyo y se pagan en moneda nacional usando el tipo de cambio vigente al momento del pago, incluyendo principal y accesorios no pagados.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 75 fracción I, se considerará el principal y los accesorios de la indemnización que no hubieren sido pagados por el Fondo de Aseguramiento.
El monto a ser pagado a cada socio asegurado de acuerdo a lo establecido en este Capítulo quedará fijado en unidades de inversión a partir de la fecha en que determine como procedente el apoyo al Fondo de Aseguramiento. El pago de las indemnizaciones se realizará en moneda nacional, por lo que la conversión del monto denominado en unidades de inversión se efectuará utilizando el valor vigente de la citada unidad en la fecha en que se cubra el pago correspondiente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es clave para contadores ya que establece el mecanismo de valoracion de indemnizaciones. La conversion de UDI a pesos debe realizarse con el tipo vigente al pago, no al reconocimiento, lo que genera volatilidad contable. Recomendamos crear politicas internas sobre fechas de corte y reconciliacion de conversiones.
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