Otorga a la Secretaria facultad de interpretar la ley administrativamente. Tres secretarias emitiran disposiciones generales conjuntamente.
La Secretaría, en el ámbito de su competencia, estará facultada para interpretar las disposiciones de esta Ley para efectos administrativos.
La Secretaría, la Secretaría de Economía y el Servicio de Administración Tributaria dictarán, de manera conjunta, las disposiciones generales para el adecuado cumplimiento de esta Ley, mismas que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La capacidad interpretativa de la Secretaria es un punto de referencia importante para resolver dudas. La coordinacion entre tres secretarias (incluyendo SAT) asegura coherencia fiscal-administrativa.
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Art. 4. Excepciones y limitaciones de aplicacion
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