LFEA

Artículo 4. Excepciones y limitaciones de aplicacion

Excluye materias fiscal, aduanera y financiera, y actos donde no sea factible usar firma electronica. En comercio se aplica Codigo de Comercio.

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Texto Legal

Las disposiciones de esta Ley no serán aplicables a los actos en que no sea factible el uso de la firma electrónica avanzada por disposición de ley o aquéllos en que exista previo dictamen de la Secretaría. Tampoco serán aplicables a las materias fiscal, aduanera y financiera.

En los actos de comercio e inscripciones en el Registro Público de Comercio, el uso de la firma electrónica avanzada se regirá de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio y demás LEY DE FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

ordenamientos aplicables en la materia, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en esta Ley en lo que resulte procedente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Critico para delimitacion de scope. La exclusion de materia fiscal es especialmente importante para contadores; el SAT tiene regimenes propios. Verificar siempre si aplica el Codigo de Comercio en operaciones mercantiles.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LFEA?

Excluye materias fiscal, aduanera y financiera, y actos donde no sea factible usar firma electronica. En comercio se aplica Codigo de Comercio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de Firma Electrónica Avanzada?

Critico para delimitacion de scope. La exclusion de materia fiscal es especialmente importante para contadores; el SAT tiene regimenes propios. Verificar siempre si aplica el Codigo de Comercio en operaciones mercantiles.

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