El Juez de Distrito es irrecusable en procedimientos de extradicion y sus actuaciones no admiten recurso alguno. No son permitidas cuestiones de competencia.
El Juez de Distrito es irrecusable y lo actuado por él no admite recurso alguno. Tampoco serán admisibles cuestiones de competencia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Disposicion restrictiva que limita recursos disponibles. Esto requiere defensa robusta en fase judicial ya que amparo es unica vía posterior. Defensor debe presentar excepciones exhaustivas en articulo 25.
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Art. 22. Competencia del Juez de Distrito
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Art. 24. Comparecencia y derechos del detenido
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