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Artículo 19. Responsabilidad de pago segun patrimonio

Define quien cubre la indemnizacion: el Estado cuando el bien pasa a su patrimonio, o terceros cuando el bien va a patrimonio privado. Aplica tambien a ocupacion temporal y limitacion de dominio.

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Texto Legal

El importe de la indemnización será cubierto por el Estado, cuando la cosa expropiada pase a su patrimonio.

Cuando la cosa expropiada pase al patrimonio de persona distinta del Estado, esa persona cubrirá el importe de la indemnización.

Estas disposiciones se aplicarán, en lo conducente, a los casos de ocupación temporal o de limitación al derecho de dominio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Articulo clave para identificar el acreedor de la indemnizacion en estructuras complejas. Los abogados deben verificar expresamente a quien transfiere el bien expropiado para determinar quien es responsable del pago y ejercer acciones cobratorias adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 19 del 35?

Define quien cubre la indemnizacion: el Estado cuando el bien pasa a su patrimonio, o terceros cuando el bien va a patrimonio privado. Aplica tambien a ocupacion temporal y limitacion de dominio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 19 de la LEY de Expropiación?

Articulo clave para identificar el acreedor de la indemnizacion en estructuras complejas. Los abogados deben verificar expresamente a quien transfiere el bien expropiado para determinar quien es responsable del pago y ejercer acciones cobratorias adecuadamente.

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