LDSCA

Artículo 54. Garantia de Pago y Concurso Mercantil

Contratos estableceran mecanismos para garantizar pago oportuno de alcances. En concurso mercantil del industrial, abastecedores son acreedores con garantia real conforme a ley concursal.

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Texto Legal

En el Contrato se establecerán los mecanismos necesarios para garantizar el pago oportuno de los alcances que correspondan a los Abastecedores de Caña.

Sin embargo, en caso de concurso mercantil de los Industriales sin liquidez o de imposibilidad de acceso a créditos para cubrir sus obligaciones contractuales con los Abastecedores de Caña, éstos serán LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

considerados acreedores con garantía real en los términos de lo dispuesto en los Artículos 217, Fracción II, y 219 de la Ley de Concursos Mercantiles.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Proteccion critica en insolvencia del ingenio. Abastecedores tienen garantia real en concurso conforme articulos 217 fraccion II y 219 de Ley Concursos Mercantiles. Abogados deben informar esto a clientes; es salvaguarda importante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 54 del LDSCA?

Contratos estableceran mecanismos para garantizar pago oportuno de alcances. En concurso mercantil del industrial, abastecedores son acreedores con garantia real conforme a ley concursal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 54 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

Proteccion critica en insolvencia del ingenio. Abastecedores tienen garantia real en concurso conforme articulos 217 fraccion II y 219 de Ley Concursos Mercantiles. Abogados deben informar esto a clientes; es salvaguarda importante.

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