Contratos para nuevas siembras requieren minimo cuatro cortes de vigencia; ciclos de soca y resoca un año. Abastecedor conserva derecho a recontratar o sustituir superficie igual tras vigencia.
Los Contratos que celebren los Abastecedores de Caña de azúcar e Industriales deberán tener en consideración para su vigencia, la naturaleza del ciclo de la caña de azúcar, contemplándose en los que se refieran a nuevas siembras, una vigencia mínima obligatoria de cuatro cortes y de un año para los Ciclos de Soca y Resoca, conservando el Abastecedor de Caña el derecho de recontratar la misma superficie al término de la vigencia o sustituirla por una superficie igual, de similares o mejores condiciones de producción, previa aprobación del Comité respectivo.
En los casos de operaciones de compra venta de la superficie sembrada con caña de azúcar, el adquiriente conservará, si así lo desea, la relación contractual de la misma con el Ingenio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La vigencia minima cuatricorte es obligatoria; no puede contratarse por menos. En compraventas de terreno, el adquiriente puede mantener relacion contractual con ingenio previa aprobacion del Comite. Incluir esto en contratos inmobiliarios.
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