Define el proceso formal para que abastecedores se afilien o renuncien a organizaciones, incluyendo documentacion requerida y requisitos de firma. Establece que las renuncias deben presentarse ante multiples partes interesadas.
Para efectos del artículo anterior se establece el siguiente procedimiento:
I. Los Abastecedores de Caña que tengan interés en constituir una Organización o de renunciar a la que pertenezcan, deberán presentar la solicitud de afiliación y/o renuncia que deberá contener lo siguiente:
LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
a) Nombre del Abastecedor de Caña;
b) Clave de abastecedor del Ingenio de que se trate;
c) Nombre del predio, parcela, ejido o congregación, municipio y entidad federativa a la que pertenezca;
d) Superficie contratada y volumen de caña entregada en la zafra inmediata anterior o, en su caso, el estimado de producción a industrializarse;
e) Número de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social;
f) Manifestación expresa de la organización local y/o nacional a que desee pertenecer o renunciar, y
g) Firma o huella digital del solicitante, de ser este último el caso, se requerirá la firma de dos testigos.
II. En caso de renuncia a la Organización a la que pertenezca, deberá ser presentada por escrito a la misma, con copia para el Comité, para el Registro, y para la Organización a la que desee pertenecer en su caso.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los abogados deben verificar que toda solicitud de afiliacion o renuncia contenga los siete elementos especificados, incluyendo datos del IMSS. La firma de dos testigos en casos de huella digital es obligatoria; revisar esto en auditorias internas para evitar invalidez documental.
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