El Registro verifica el padron de abastecedores de cada ingenio y certifica las afiliaciones y renuncias a organizaciones. Esta funcion es fundamental para mantener la estructura organizativa del sector cañero.
De conformidad con lo establecido en los Artículos 32, 34 y 38 de la presente Ley, corresponde al Registro la verificación del padrón de Abastecedores de Caña de azúcar de cada Ingenio y la certificación, en su caso, de las afiliaciones y renuncias a las organizaciones locales y/o nacionales que les sean presentadas.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo establece la competencia del Registro como ente verificador. Es critico para contadores revisar que los abastecedores esten debidamente registrados antes de cualquier operacion fiscal, ya que la falta de certificacion puede afectar la validez contractual.
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Art. 40. Composicion del Padron Nacional de Abastecedores
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Art. 42. Procedimiento de Afiliacion y Renuncia
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