LDSCA

Artículo 41. Verificacion del Padron de Abastecedores

El Registro verifica el padron de abastecedores de cada ingenio y certifica las afiliaciones y renuncias a organizaciones. Esta funcion es fundamental para mantener la estructura organizativa del sector cañero.

registropadronabastecedorescertificacionorganizaciones

Texto Legal

De conformidad con lo establecido en los Artículos 32, 34 y 38 de la presente Ley, corresponde al Registro la verificación del padrón de Abastecedores de Caña de azúcar de cada Ingenio y la certificación, en su caso, de las afiliaciones y renuncias a las organizaciones locales y/o nacionales que les sean presentadas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo establece la competencia del Registro como ente verificador. Es critico para contadores revisar que los abastecedores esten debidamente registrados antes de cualquier operacion fiscal, ya que la falta de certificacion puede afectar la validez contractual.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del LDSCA?

El Registro verifica el padron de abastecedores de cada ingenio y certifica las afiliaciones y renuncias a organizaciones. Esta funcion es fundamental para mantener la estructura organizativa del sector cañero.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

Este articulo establece la competencia del Registro como ente verificador. Es critico para contadores revisar que los abastecedores esten debidamente registrados antes de cualquier operacion fiscal, ya que la falta de certificacion puede afectar la validez contractual.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 41 del LDSCA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 41 LDSCA desde tu celular