Las organizaciones locales pueden constituirse en organizaciones nacionales para mejor atencion y defensa de intereses de sus agremiados en escala nacional.
Para la mejor atención y defensa de los intereses de sus agremiados las organizaciones locales de Abastecedores de Caña podrán constituirse en organizaciones cañeras nacionales en los términos de la presente Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Habilita integracion vertical. Permite que coaliciones de organizaciones locales formen redes nacionales para lobby y cabildeo. Requisitos mas exigentes que locales refleja mayor alcance y representatividad requerida.
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Art. 36. Afiliacion de Organizaciones Locales a Nacionales
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Art. 38. Registro e inscripcion de Organizaciones Nacionales
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