LDSCA

Artículo 27. Frecuencia de reuniones ordinarias y extraordinarias

Los Comites se reunen una vez por semana durante zafra y cada 15 dias en pre-zafra. Las extraordinarias se convocan por escrito cuando hay asuntos urgentes con orden del dia.

reunionesfrecuenciaconvocatoriaorden del diaprocedimiento

Texto Legal

Los Comités celebrarán las reuniones que se indican a continuación:

a)Ordinarias, una vez por semana durante la zafra y cada 15 días en el tiempo de pre-zafra, y

LEY DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CAÑA DE AZÚCAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

b) Extraordinarias, cuando así lo requiera la atención de asuntos urgentes, deberán ser convocadas, por escrito, por cualquiera de sus miembros, debiendo acompañarse del orden del día correspondiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Disposicion procedimental sobre cadencia de reuniones. La intensidad durante zafra (semanal) refleja la criticidad operativa. Asegurar calendarios anticipados y convocatorias escritas para documentar cumplimiento normativo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del LDSCA?

Los Comites se reunen una vez por semana durante zafra y cada 15 dias en pre-zafra. Las extraordinarias se convocan por escrito cuando hay asuntos urgentes con orden del dia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

Disposicion procedimental sobre cadencia de reuniones. La intensidad durante zafra (semanal) refleja la criticidad operativa. Asegurar calendarios anticipados y convocatorias escritas para documentar cumplimiento normativo.

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