Recibida la solicitud de intervencion arbitral, la Junta Permanente emite auto de radicacion e inicia procedimiento en unica instancia para resolver el conflicto conforme a sus facultades.
Recibida la solicitud de intervención arbitral, la Junta Permanente iniciará el procedimiento, emitirá el auto de radicación de la demanda controversial y procederá a intervenir en la resolución del conflicto, en única instancia, de acuerdo a sus facultades.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Articulo clave: la Junta actua en unica instancia, lo que limita recursos posteriores. Documenta meticulosamente todos los argumentos en primera presentacion; los errores procedimentales aqui pueden ser irreversibles dado que no hay apelacion ordinaria.
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