El Presidente de la Junta Permanente es nombrado por el Titular de la Secretaria. Sus ausencias temporales o definitivas son cubiertas por su suplente.
El Presidente de la Junta Permanente será nombrado por el Titular de la Secretaría. Sus ausencias temporales y las definitivas, en tanto se hace nuevo nombramiento, serán cubiertas por su suplente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Disposicion administrativa sobre designacion ejecutiva. La continuidad se asegura mediante suplencia, evitando vacios en la administracion de controversias.
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