La Junta Permanente cuenta con presupuesto anual propio financiado por aportaciones de los sectores representados. Determina los montos segun lo dispuesto en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
La Junta Permanente estará dotada de autonomía para dictar sus fallos y contará con presupuesto anual propio, que se integrará con las aportaciones anuales de los sectores representados en ella, en los montos que determine su Pleno, en términos del Artículo 186 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Norma administrativa sobre financiamiento. Las partes deben estar conscientes de que sus controversias generan costos operativos que se prorratean entre sectores. Esto puede influir en negociaciones de conciliacion.
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Art. 127. Competencia y Autonomia de Junta Permanente
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