LDSCA

Artículo 121. Jurisdiccion de los Comites por Ingenio

Los Comites tienen jurisdiccion correspondiente al Ingenio donde se constituyan. Esta disposicion establece la competencia territorial de los organos de conciliacion en la industria azucarera.

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Texto Legal

Los Comités tendrán la jurisdicción que les corresponda en razón del Ingenio donde se constituyan.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta norma es de caracter procedimental y establece el ambito de actuacion territorial de los Comites. Los abastecedores y fabricantes deben dirigirse al Comite del Ingenio especifico donde surja la controversia, lo que facilita la resolucion local de conflictos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 121 del LDSCA?

Los Comites tienen jurisdiccion correspondiente al Ingenio donde se constituyan. Esta disposicion establece la competencia territorial de los organos de conciliacion en la industria azucarera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 121 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar?

Esta norma es de caracter procedimental y establece el ambito de actuacion territorial de los Comites. Los abastecedores y fabricantes deben dirigirse al Comite del Ingenio especifico donde surja la controversia, lo que facilita la resolucion local de conflictos.

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