No estan sujetas a esta Ley: obras publicas de agua potable, drenaje y alcantarillado con inversion estatal-municipal y subsidio federal cuando se recupera via contribuciones estatales o municipales, obras federales de control de rios, ni obras federales de tratamiento de aguas residuales.
No son objeto de la presente Ley:
I.- Las obras públicas para prestar el servicio público de agua potable, drenaje y alcantarillado realizados parcialmente con inversión estatal y municipal, con crédito interno y externo y parcialmente con subsidio federal, cuando se convenga que la inversión se recuperará a través del cobro de contribuciones o derechos estatales o municipales.
II.- Las obras públicas federales de control de ríos.
III.- Las obras públicas federales para el tratamiento de aguas residuales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Estas excepciones son criticas para evitar doble tributacion y para identificar que regimen aplica. Las obras de agua potable pueden estar sujetas a contribuciones estatales diferentes. Los abogados deben verificar la naturaleza exacta de cada obra para confirmar que no cae en alguna excepcion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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