LCM

Artículo 81. Remocion del comerciante de administracion

El conciliador puede solicitar al juez la remocion del comerciante de la administracion para proteger la masa. Se tramita por via incidental.

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Texto Legal

En caso de que el conciliador estime que así conviene para la protección de la Masa, podrá solicitar al juez la remoción del Comerciante de la administración de su empresa. Al admitir la solicitud, el juez podrá tomar las medidas que estime convenientes para conservar la integridad de la Masa. La remoción del Comerciante se tramitará por la vía incidental.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta es una facultad critica que requiere documentacion exhaustiva de irregularidades o riesgo de disminucion patrimonial. Los contadores deben compilar evidencia financiera clara de la necesidad de remocion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 81 del LCM?

El conciliador puede solicitar al juez la remocion del comerciante de la administracion para proteger la masa. Se tramita por via incidental.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 81 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Esta es una facultad critica que requiere documentacion exhaustiva de irregularidades o riesgo de disminucion patrimonial. Los contadores deben compilar evidencia financiera clara de la necesidad de remocion.

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