LCM

Artículo 244. Aprobacion concedente para transmision de concesion

Toda venta de empresa que incluya transmision del titulo de concesion requiere aprobacion previa de la autoridad concedente, quien verifica cumplimiento de requisitos del servicio publico.

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Texto Legal

En todos los casos en que la venta de la empresa del Comerciante incluya la transmisión del título de concesión, la operación deberá contar con la aprobación previa de la autoridad concedente, quien verificará que el adquirente cumpla con los requisitos que para estar en condiciones de prestar el servicio público establezcan las disposiciones aplicables.

Capítulo II Del concurso mercantil de las Instituciones Financieras Denominación del Capítulo reformada DOF 10-01-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta disposicion es fundamental en estrategias de enajenacion. Cualquier comprador potencial debe ser evaluado por la autoridad concedente antes de oferta, lo que puede limitar drasticamente el universo de postores y afectar precio de realizacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 244 del LCM?

Toda venta de empresa que incluya transmision del titulo de concesion requiere aprobacion previa de la autoridad concedente, quien verifica cumplimiento de requisitos del servicio publico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 244 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Esta disposicion es fundamental en estrategias de enajenacion. Cualquier comprador potencial debe ser evaluado por la autoridad concedente antes de oferta, lo que puede limitar drasticamente el universo de postores y afectar precio de realizacion.

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