LCM

Artículo 181. Procedimiento de ocupacion de bienes y documentos

La ocupacion sigue tres pasos: el conciliador supervisa hasta que el sindico asuma funciones, se entregan bienes mediante inventario al sindico, y se ordena entrega inmediata de bienes embargados.

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Texto Legal

La ocupación de los bienes, documentos y papeles del Comerciante, se llevará a cabo de conformidad con las reglas siguientes:

LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Entre tanto no entre en funciones el síndico designado por el Instituto, el conciliador continuará desempeñando las funciones de supervisión y vigilancia que hubiere tenido encomendadas;

II. Tan pronto como entre en funciones el síndico se le entregarán mediante inventario, los bienes, la existencia en caja, los libros, los títulosvalor y demás documentos del Comerciante, y

III. Se ordenará a los depositarios de los bienes que hubiesen sido embargados, así como a los que hubiere nombrado el juez del concurso mercantil al decretar medidas cautelares, que los entreguen inmediatamente al síndico.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este proceso secuencial es esencial para la administracion. Verifique que cada fase se complete antes de iniciar la siguiente; las omisiones pueden invalidar posteriormente acciones del sindico sobre los bienes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 181 del LCM?

La ocupacion sigue tres pasos: el conciliador supervisa hasta que el sindico asuma funciones, se entregan bienes mediante inventario al sindico, y se ordena entrega inmediata de bienes embargados.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 181 de la LEY de Concursos Mercantiles?

Este proceso secuencial es esencial para la administracion. Verifique que cada fase se complete antes de iniciar la siguiente; las omisiones pueden invalidar posteriormente acciones del sindico sobre los bienes.

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