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Artículo 96. Reglas especiales para cuotas compensatorias recursos

Establece reglas especiales para recursos contra determinacion de cuotas compensatorias definitivas y sus actos de aplicacion. Permite interponer ante autoridad que dictó la resolucion u otra que la ejecute. Contempla suspension de tramitacion de actos si se recurren ambos.

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Texto Legal

En relación con el recurso de revocación que se interponga contra las resoluciones y actos a que se refiere la fracción V del artículo 94, se estará a lo dispuesto en el artículo 95 en lo que no se oponga a las siguientes reglas:

I. Se interpondrá ante la autoridad que haya dictado la resolución, o bien, contra la que lo ejecute, salvo que en el mismo recurso se impugnen ambos, caso en el que deberá interponerse ante la autoridad que determinó las cuotas compensatorias;

II. Si se impugnan ambos, la resolución del recurso contra la determinación de cuotas compensatorias definitivas será de pronunciamiento previo al correspondiente a los actos de aplicación. La autoridad competente para resolver los primeros enviará copia de la resolución a la autoridad facultada para resolver los segundos. En caso de que se modifique o revoque la determinación de las cuotas compensatorias definitivas, quedará sin materia el recurso interpuesto contra los actos de aplicación de dichas cuotas, sin perjuicio de que el interesado interponga recurso contra el nuevo acto de aplicación;

III. Si se interponen recursos sucesivos contra la resolución que determinó la cuota compensatoria y contra los actos de aplicación, se suspenderá la tramitación de estos últimos. El recurrente estará obligado a dar aviso de la situación a las autoridades competentes para conocer y resolver dichos recursos. La suspensión podrá decretarse aun de oficio cuando la autoridad tenga conocimiento por cualquier causa de esta situación, y

IV. Cuando se interponga el juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, impugnando la resolución dictada al resolver el recurso de revocación interpuesto contra la determinación de la cuota compensatoria definitiva, impugne posteriormente también la resolución que se dicte al resolver el recurso contra los actos de aplicación, deberá ampliar la demanda inicial dentro del término correspondiente para formular esta última impugnación. Fracción reformada DOF 31-12-2000, 13-03-2003

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Norma compleja pero fundamental para importadores. La interposicion simultanea de recursos suspende tramites de aplicacion de cuotas. Recomendable estrategia coordinada cuando se impugnan tanto la determinacion como su aplicacion para aprovechar efectos suspensivos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del 28?

Establece reglas especiales para recursos contra determinacion de cuotas compensatorias definitivas y sus actos de aplicacion. Permite interponer ante autoridad que dictó la resolucion u otra que la ejecute. Contempla suspension de tramitacion de actos si se recurren ambos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la LEY de Comercio Exterior?

Norma compleja pero fundamental para importadores. La interposicion simultanea de recursos suspende tramites de aplicacion de cuotas. Recomendable estrategia coordinada cuando se impugnan tanto la determinacion como su aplicacion para aprovechar efectos suspensivos.

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