La Secretaria notificara sobre audiencia publica donde partes pueden compareer, presentar argumentos, pruebas y contra-interrogar. Para desleales, audiencias tras resolucion preliminar.
En la notificación a que se refiere el artículo 53, la Secretaría comunicará a las partes interesadas la realización de una audiencia pública en la cual podrán comparecer y presentar argumentos en defensa de sus intereses así como, en el caso de medidas de salvaguarda, presentar las pruebas pertinentes. En dicha audiencia las partes interesadas podrán interrogar a las otras partes interesadas. En el caso de investigaciones contra prácticas desleales de comercio internacional, las audiencias se llevarán a cabo después de la publicación de la resolución preliminar y antes de la publicación de la resolución final.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Oportunidad clave de defensa: participa activamente en la audiencia publica. Prepara argumentos solidos y pruebas documentadas. Si es practica desleal, tienes audiencia despues de resolucion preliminar para impactar resolucion final.
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