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Artículo 73. Resolucion de investigacion suspendida por compromisos

Secretaria dicta resolucion declarando suspendida o terminada investigacion al aceptar compromisos. Resolucion somete a opinion de Comision previamente, incorpora compromiso e incorpora opinion.

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Texto Legal

En caso de que la Secretaría acepte el compromiso del exportador o del gobierno interesado, dictará la resolución que proceda, declarando suspendida o terminada la investigación administrativa, la que se notificará a las partes interesadas y se publicará en el Diario Oficial de la Federación. Esta resolución deberá someterse a la opinión de la Comisión previamente a su publicación. El compromiso asumido se incorporará en la resolución correspondiente junto con la opinión de la Comisión, conforme a lo dispuesto en el artículo 6o. de esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Publicacion en DOF hace obligatorio el compromiso incorporado. Exportadores deben asegurar que compromisos asumidos sean realistas operacionalmente para evitar consecuencias de incumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 73 del 28?

Secretaria dicta resolucion declarando suspendida o terminada investigacion al aceptar compromisos. Resolucion somete a opinion de Comision previamente, incorpora compromiso e incorpora opinion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 73 de la LEY de Comercio Exterior?

Publicacion en DOF hace obligatorio el compromiso incorporado. Exportadores deben asegurar que compromisos asumidos sean realistas operacionalmente para evitar consecuencias de incumplimiento.

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