Exportador puede comprometerse a modificar precios, cesar exportaciones o gobierno eliminar subvenciones. Secretaria suspende o termina investigacion evaluando si compromiso elimina efecto dañino.
Cuando en el curso de una investigación el exportador de la mercancía en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional, se comprometa voluntariamente a modificar sus precios o cesar sus exportaciones, o si el gobierno del país exportador elimina o limita la subvención de que se trate, la Secretaría podrá suspender o dar por terminada la investigación sin aplicar cuotas compensatorias. Para ello, la Secretaría deberá evaluar si con dichos compromisos u otros análogos que se asuman se elimina el efecto dañino de la práctica desleal.
La Secretaría no procederá conforme a lo anterior a menos que haya determinado preliminarmente la existencia de la práctica desleal. Párrafo adicionado DOF 13-03-2003
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Estrategia negociadora crucial para exportadores: ofrecimientos tempranos eliminan cuotas permanentes. Secretaria debe determinar preliminarmente practica desleal antes de evaluar compromisos.
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Art. 71. Exenciones de pago de cuotas y salvaguardas
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